Requisitos previos
Podrán acceder a las enseñanzas del Grado Superior de Música:
- Quienes, reuniendo los requisitos académicos de estar en posesión del título de Bachiller y de haber aprobado los estudios correspondientes al tercer ciclo del grado medio, superen la prueba específica prevista en el artículo 8 del Real Decreto 617/1995 de 21 de abril.
- Quienes, sin reunir uno o los dos requisitos académicos a que se refiere el apartado anterior, superen la prueba establecida en el artículo 8 del citado Real Decreto y, además, demuestren, a través del ejercicio específico previsto en su artículo 9, poseer tanto los conocimientos y aptitudes propios del grado medio como las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento la especialidad solicitada.
- Quienes hayan cursado estudios generales o musicales fuera de España deberán obtener la correspondiente homologación de sus títulos en el Ministerio de Educación Español con anterioridad a la realización de la prueba de acceso. De no hacerlo deberán realizar el ejercicio específico de conocimientos generales y/o musicales correspondiente.
La solicitud se podrá presentar:
- En cualquiera de los Conservatorios Superiores de Andalucía.
- En los registros de los órganos administrativos de las distintas Administraciones Públicas, en las oficinas de Correos, oficinas consulares de España en el extranjero, según lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando se opte por esta opción, deberá remitirse fotocopia de la documentación al Conservatorio Superior de Música al que se haya dirigido la solicitud, con el fin de agilizar el procedimiento.
Cada solicitante presentará una única solicitud. Si se presenta más de una solicitud, se desestimarán todas, salvo nueva solicitud aclaratoria y por escrito del interesado.
En la solicitud se relacionarán por orden de preferencia los Conservatorios Superiores donde deseen cursar los estudios, siendo vinculante el orden expresado, es decir, no podrá ser modificado con posterioridad.
Se podrá solicitar una segunda especialidad en la misma instancia, siempre que una de ellas sea instrumental y la otra no.
Acreditación del Título de Bachiller:
- Fotocopia compulsada del Título o del resguardo de haberlo solicitado, o en su defecto
- Certificación original expresa de estar en condiciones de obtenerlo.
- En su caso, certificación académica original para acreditar la superación del COU.
No se admitirán: fotocopia del libro de calificaciones, certificaciones de calificaciones ni expedientes académicos.
Títulos de Bachiller válidos:
- Título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE).
- Curso de Orientación Universitaria (COU), conforme a las equivalencias establecidas en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio.
- Segundo Curso de la Modalidad de Bachillerato Experimental, conforme a las equivalencias establecidas en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio.
- Títulos de Diplomado y Licenciado.
Acreditación del Título de Grado Medio de Música:
- Fotocopia compulsada del Título Profesional (LOGSE) o del resguardo de haberlo solicitado, o en su defecto
- Certificación original y expresa de estar en condiciones de obtenerlo.
- Fotocopia compulsada del Título de Profesor, según Decreto 2618/1966.
En el supuesto de que en el plazo de presentación de solicitudes los aspirantes se encuentren realizando el segundo curso de Bachillerato o el segundo curso del tercer ciclo del grado medio de Música, deberán acompañar certificación acreditativa original y expresa de dichas circunstancias. En este supuesto, estarán obligados a presentar en el acto de celebración de los ejercicios específicos (de carácter humanístico y/o de carácter teórico-práctico), ante el Presidente del tribunal a que estén convocados, escrito según el modelo que se adjunta como Anexo II, junto con la correspondiente documentación acreditativa de haber superado el segundo curso de Bachillerato y/o el tercer ciclo del grado medio de Música.
De no presentar la citada documentación deberán efectuar el ejercicio específico que corresponda.
Los aspirantes podrán presentar la documentación delegando en otra persona debidamente autorizada.
Admisión de Solicitantes
Listas provisionales de solicitantes:
Antes del 25 de mayo de cada año se hará pública en los Conservatorios Superiores, mediante Resolución del Presidente de la Comisión Coordinadora del Distrito único, la relación provisional de solicitantes admitidos y excluidos a las pruebas de acceso.
Contra esta Resolución los interesados podrán interponer las reclamaciones que estimen oportunas, conforme al modelo normalizado (Anexo III de la Orden 5 de abril de 2006), en el plazo de cinco días hábiles a partir de su publicación, y deberán presentarse, preferentemente, en aquellos Conservatorios donde fue entregada la solicitud.
Listas definitivas de solicitantes:
Antes del día 5 de junio de cada año, se hará pública en los Conservatorios Superiores la relación definitiva de solicitantes admitidos y excluidos.
Dicha relación agota la vía administrativa, quedando abierta la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
Calificaciones de las Pruebas de Acceso
La calificación global de la prueba de acceso se obtendrá, en su caso, calculando la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios realizados, expresándose con dos cifras decimales.
Se considerará superada la prueba cuando se obtenga en la calificación global una puntuación igual o superior a cinco, siempre que, además se haya obtenido dicha puntuación en la prueba específica, lo que faculta al alumno para matricularse únicamente en el curso académico para el que haya sido convocada.
Publicación y reclamación de las calificaciones
- Las calificaciones obtenidas por los aspirantes se publicarán en el tablón de anuncios del centro de actuación.
- Los aspirantes podrán presentar ante el tribunal correspondiente y en el plazo de dos días contados a partir del siguiente al de su publicación, las reclamaciones que consideren oportunas. Dicho tribunal deberá resolverlas en el plazo de dos días, dando publicidad a la resolución de las reclamaciones.
- Contra la citada resolución podrá presentarse recurso de alzada, ante el titular de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa en el plazo de un mes.
Adjudicación de plazas
Primera fase de adjudicación de plazas:
Listas provisionales:
- Se harán públicas en los Conservatorios Superiores de Música.
- Los interesados presentarán las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de dos días hábiles desde su publicación.
Listas definitivas:
- Antes del 15 de julio de cada año se publicarán las listas definitivas de adjudicación de plazas, mediante Resolución de la Comisión Coordinadora del Distrito único. Dicha Resolución agota la vía administrativa, quedando abierta la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.
Segunda fase de adjudicación de plazas:
Este procedimiento se realizará a partir del 8 de septiembre de cada año.
Opciones de adjudicación de plazas:
- El aspirante que haya obtenido la plaza que solicitó en primer lugar, deberá realizar la matrícula correspondiente o, en su defecto, se entenderá que renuncia a dicha plaza.
- El solicitante que no haya obtenido la plaza que solicitó en primer lugar en la adjudicación ordinaria podrá optar por:
1- Matricularse en la opción obtenida.
2- Realizar reserva de plaza, según Anexo IV de la Orden de 5 de abril de 2006, en espera de obtener una plaza de mayor preferencia posible de entre las relacionadas, en la segunda fase de adjudicación.
De no optar por alguna de ellas en el plazo establecido se entenderá que renuncia a su plaza.
Documentación
- Impreso modelo 046 sellado por el banco
- Fotocopia compulsada del Título de Familia Numerosa, en su caso.
- Solicitud de admisión según el modelo Anexo I de la Orden 25 de abril de 2006, por triplicado
- Fotocopia compulsada del Título de Bachiller o certificación original expresa de estar en condiciones de obtenerlo
- Fotocopia compulsada del Título de Grado Medio de Música o certificación original expresa de estar en condiciones de obtenerlo
- Certificación acreditativa original en caso de estar cursando 2º de Bachillerato o 6º de Grado Medio de Música
Podrá encontrar los impresos necesarios en el menú lateral "Documentos / Enlaces"
Plazo
El plazo único de presentación de solicitudes de admisión será el comprendido entre el 1 y 15 de mayo de cada año.
Tasas (2008)
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General: 36,76 €
- Familia Numerosa Categoría General: 18,38 €
- Familia Numerosa Categoría. Especial: exentos de pago.